Pueden ser beneficiarios de las ayudas las siguientes entidades e instituciones, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en biomedicina o en ciencias y tecnologías de la salud y cuenten con actividad clínico asistencial:
- Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial.
- Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: Hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores y unidades de la Administración sanitaria.
- Las entidades e instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al SNS.
Los contratos deberán estar vinculados a grupos de investigación liderados por un investigador con el título de doctor que tenga una vinculación mediante relación funcionarial, estatutaria o laboral con la entidad solicitante.
Todas las propuestas presentadas a esta modalidad de contratos deberán encuadrarse en una de las siguientes categorías de grupos de investigación:
- Grupos dirigidos por investigadores nacidos en 1976 o fecha posterior, con una producción científica que permita considerar que poseen potencial para convertirse en grupos altamente competitivos, los cuales deberán presentar propuestas de actuación diferenciadas e innovadoras, que no supongan una fractura de grupos preexistentes.
- Grupos habituales de esta modalidad, que deben cumplir con las condiciones generales establecidas en los diferentes apartados, sin ninguna otra de carácter específico.
Los grupos de investigación receptores deberán ser diferentes y pertenecer a un centro distinto al del grupo con el que las personas candidatas realizaron su tesis doctoral, salvo que la persona candidata haya realizado una estancia postdoctoral en el extranjero con una duración continuada de, al menos, un año. En el caso de los IIS los grupos receptores no podrán pertenecer al mismo IIS que los grupos donde la persona candidata realizó su Tesis Doctoral.
No podrán concurrir como jefes de grupo en esta convocatoria quienes se encuentren dirigiendo la actividad de investigadores Sara Borrell con contrato concedido y en activo correspondientes a las convocatorias 2019 y 2020 de la AES.
La vinculación funcionarial, estatutaria o laboral de los jefes de grupo con la entidad solicitante deberá mantenerse, al menos, hasta la publicación de la resolución definitiva de concesión.