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Listados provisionales del concurso de traslado de FEA especialidad Medicina Intensiva

05 Agosto 2020

Listados provisionales del concurso de traslado de FEA especialidad Medicina Intensiva

Se ha publicado en BOJA 150 de 05/08/2020 la Resolución de 20 de julio de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de las Comisiones de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes, se aprueba la resolución provisional de dicho concurso y se anuncia la publicación de los listados provisionales.

  • Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Medicina Intensiva

También se publican las listas provisionales de personas concursantes que no obtienen destino, con indicación de las causas de exclusión en caso de resultar «excluido/a», y con indicación de «no baremado/a»

Las personas concursantes disponen de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de su publicación en BOJA, para formular alegaciones contra la misma. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la base 3.2 de la convocatoria, hasta la finalización del plazo para presentar alegaciones contra la resolución provisional del concurso, las personas concursantes podrán desistir de su participación en el mismo. Finalizado dicho plazo no se admitirán desistimientos.

Las alegaciones, así como la solicitud de desistimiento, en su caso, deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse través de la VEC, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales o desistimiento de participación en el concurso de traslado.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para aquellos méritos que, en el momento de presentación del autobaremo de méritos, únicamente se hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho mérito, conforme lo establecido en la base 3.8 de la convocatoria, cuyo registro haya sido rechazado por la Comisión de Valoración por dicha causa, deberán aportar a través de la VEC, junto a la alegación, la documentación acreditativa correspondiente al mismo.