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Acceso y uso de la aplicación de Procesos de IT desde los hospitales

El acceso y uso de la aplicación de Procesos de incapacidad temporal (PIT) desde el ámbito hospitalario, concretamente desde los episodios de hospitalización, facilita la gestión de la IT para los ciudadanos que la requieran por su situación y así se da cumplimiento a la normativa vigente.

Para esto, desde la Estación clínica hospitalaria se ha habilitado un acceso directo al módulo en los episodios de hospitalización abiertos. La extensión de esta funcionalidad, que ya ha sido pilotada, se hará progresivamente a todos los centros hospitalarios del Servicio Andaluz de Salud a lo largo de los próximos meses.

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PIT

Desde PIT se puede realizar cuatro acciones:

  • Emitir una baja mediante a creación de un parte de baja.

  • Emitir un parte de confirmación si el paciente ingresado está de baja y requiere una revisión de su IT.

  • Emitir un alta.

  • Generar el documento para la solicitud de Licencia por nacimiento y cuidado del menor. Esto solo se hace desde el ámbito hospitalario para mujeres gestantes que dan a luz o tienen una interrupción del embarazo con más de 180 días. Si la mujer estaba de baja médica, al crear el documento de Licencia, se generará un alta de su proceso de IT con motivo "Maternidad".

Emisión de una baja

La emisión del parte de baja se realiza cuando el paciente está incapacitado para realizar su trabajo habitual y es parte de la valoración médica y el tratamiento. En el caso de hospitalización la baja siempre es preceptiva si la situación del paciente es de alta laboral o asimilada al alta.

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Baja

Campos a cumplimentar:

Fecha de baja (por defecto, la actual).

Diagnóstico inicial (a través de un buscador en CIE10).

Ocupación del trabajador.

Días previstos de baja (se hace en función del Tiempo Optimo Personalizado).

Fecha de siguiente valoración (se cumplimenta automáticamente).

 

La baja médica por IT se trasmite automáticamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y este ente se lo comunica a la empresa del trabajador. El paciente se quedaría con una copia, pero no tiene que entregar ningún documento a la empresa.

Es recomendable comunicar al paciente la fecha de siguiente reconocimiento.

 

Parte de confirmación

Es responsabilidad del paciente solicitar la valoración indicada como siguiente reconocimiento. Si en esa fecha, sigue hospitalizado, el facultativo responsable deberá emitir el parte de confirmación de la IT.

Para la emisión del parte de confirmación, se heredan todos los campos de la baja y solo hay que valorar dos que hay que actualizar:

  • Duración prevista de la baja: Siempre tiene que ser superior a la duración real.

  • Fecha de siguiente reconocimiento: Se cumplimenta automáticamente en función de la duración prevista.

Al igual que el parte de baja y el de alta, el de confirmación se transmite al INSS y desde éste a la empresa.

Parte de alta

No será habitual tener que extender el alta de la IT a un paciente hospitalizado pero puede darse el caso. De forma manual por parte de los profesionales sanitarios, solo podemos generar el parte de alta con tres motivos:

  • Curación o mejoría.

  • Fallecimiento.

  • Incomparecencia (este motivo nunca se dará en pacientes ingresados en un hospital).

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Alta

Emisión de documento de Licencia por nacimiento y cuidado del menor

La emisión de este documento, que no implica la solicitud ante el INSS de la licencia, se puede realizar bajo tres supuestos:

  • Parto.

  • Previo al parto, siempre que falten menos de 4 semanas para la fecha probable de parto.

  • Por muerte intrauterina con gestación de más de 180 días.

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Licencia

En el supuesto que la mujer estuviera de baja laboral en el momento de la emisión del documento de Licencia por nacimiento y cuidado del menor, la aplicación genera automáticamente un alta con motivo: Maternidad. En estos casos, la práctica correcta es emitir la Licencia y que se genere automáticamente el alta.

La emisión de este documento no supone la solicitud de la licencia sino que la paciente deberá realizar la solicitud directamente en la oficina del INSS con este documento.

Os adjuntamos instructivos de interés :

Os mostramos como hacerlo en el siguiente video: