Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía
La ACSA evalúa la calidad del diseño de las actividades de formación continuada. La evaluación garantiza que las actividades reúnan los requisitos mínimos de calidad establecidos por la Comisión Nacional de Formación Continuada y permite a la Consejería de Salud y Consumo atribuirles créditos formativos.
DECRETO 203/2003, de 8 de julio, por el que se regula el procedimiento de certificación de las actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias: [download id=”33837″ template=”title”]
LEY 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias: [download id=”33799″ template=”title”]
Convenio de Conferencia Sectorial del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre formación continuada de las profesiones sanitarias: [download id=”33842″ template=”title”]
La acreditación de las actividades de formación continuada es un proceso que garantiza que el diseño de estas actividades cumple con los requisitos mínimos de calidad establecidos por la Comisión Nacional de Formación Continuada. Para ello, la ACSA evalúa las actividades y emite un informe que permite a la Consejería de Salud y Consumo concederles o denegarles la acreditación y atribuirles créditos formativos.
Es la formación que los profesionales sanitarios reciben en el ámbito de las funciones de su puesto de trabajo y que le es necesaria para llevar a cabo sus tareas.
La certificación es el resultado de un proceso que se divide en cuatro fases: tras registrarse en la aplicación informática de soporte, ME_jora F, la entidad proveedora de formación debe cumplimentar la solicitud de acreditación y aportar, según los criterios establecidos, toda la información relacionada con el diseño de la actividad formativa. Posteriormente, el equipo de evaluadores valora la calidad del diseño de la actividad, así como la adecuación e interrelación entre sus componentes, y se emite un informe para el órgano acreditador, que resuelve la acreditación y asigna los créditos correspondientes.
Cualquier actividad de formación continuada destinada a profesionales sanitarios, incluyendo sesiones clínicas, jornadas y congresos.
Cualquier proveedor de formación continuada, de titularidad pública o privada: unidades de formación de centros sanitarios, centros de formación, etc. Adicionalmente, estas organizaciones pueden conseguir la certificación que da acceso a procesos abreviados de acreditación de actividades.