Elección de centro sanitario y profesional

Elección de centro sanitario y profesional
Es posible elegir entre profesionales disponibles en cualquiera de los centros del municipio de residencia, y también en cualquiera de los centros del Distrito Sanitario o Área de Gestión Sanitaria al que corresponda el domicilio.
En caso de menores entre 7 y 14 años, sus representantes legales pueden elegir profesional de medicina de familia o pediatra.
La elección de profesional y centro para personas sin certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, y para menores sin Cl@ve sólo puede realizarse en el propio centro. También debe hacerse en el propio centro cuando se quiere elegir uno que está en un municipio en el que no se reside.
Por otra parte, las funciones que realizan los centros y que tienen carácter territorial, entre otras las que suponen desplazamiento al domicilio de la persona usuaria, las pueden desarrollar profesionales del centro más cercano a su domicilio.
Elección a través de Internet
Las personas que disponen de certificado digital, DNie o Cl@ve, pueden elegir centro y médico/a a través de ClicSalud+.
En la opción Elección de centro y profesional de ClicSalud+ se ofrece un listado de centros de su municipio y de profesionales que se pueden elegir, con su horario de consulta. Para la asignación del profesional es necesario seleccionar la opción elegida y confirmar los cambios. Una vez realizada la elección, el cambio se efectúa en la Base de Datos de personas usuarias (BDU) y tiene efectos inmediatos. Es posible comprobar los datos de adscripción, e imprimirlos, accediendo a la opción Datos personales/Datos administrativos en ClicSalud+.
Elección en el centro de atención primaria
Para elegir centro de atención primaria, es suficiente con dirigirse al centro deseado en un municipio y completar la solicitud que puede descargar en el enlace siguiente modelo de solicitud (1.32 MB). En el centro se facilita información previa sobre profesionales disponibles, horarios de consultas, los programas que se realizan, etc. Una vez decidido el cambio, es necesario entregar la solicitud.
La respuesta del centro a su solicitud se realiza entregando a la persona solicitante un certificado de datos de BDU o bien, se envía la resolución de la solicitud por correo postal. En el caso de no recibir respuesta formal por parte del Distrito Sanitario o Área de Gestión Sanitaria antes de 45 días, aceptando o denegando su solicitud si existe una justificación para hacerlo, se entiende que ha sido aceptada.
Observaciones
En cualquier caso, las solicitudes pueden presentarse en cualquier registro oficial o mediante el uso de la Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (645.16 KB).
Es posible elegir profesional de medicina de familia y pediatra, en las condiciones descritas al principio, sin necesidad de justificación y con la única condición de que hayan transcurrido al menos tres meses desde la última elección de profesional.
La solicitud puede denegarse cuando en aras de una mayor calidad asistencial no sea conveniente la asignación de más personas usuarias a determinado profesional (cupo máximo, tiempo medio de consulta, frecuentación, porcentaje de menores y de mayores de 65 años, etc.) o bien existan otras dificultades que lo justifiquen (dispersión geográfica, problemas especiales que eleven la demanda asistencial, etc.).