¿Qué es el visado de medicamentos/productos sanitarios?
El visado de medicamentos es el procedimiento de autorización que algunos medicamentos o productos sanitarios necesitan antes de que puedan ser dispensados en la farmacia según la normativa del Sistema Nacional de Salud (SNS).
Si la prescripción la realiza un/a médico especialista de nuestro centro (p.e. Cardiología, Endocrinología, Neurología…), antes de recoger el tratamiento en su farmacia la prescripción debe ser autorizada por un operador de visado del hospital, el cual revisa la prescripción y comprueba que el medicamento/producto sanitario cumple con los criterios establecidos para su financiación.
¿Por qué algunos medicamentos/productos sanitarios necesitan visado?
Existen varias razones por las que ciertos medicamentos requieren este control adicional:
• Necesitan un control médico especial.
Son medicamentos que pueden tener efectos secundarios importantes o que solo funcionan en ciertas enfermedades. El proceso de visado verifica que la prescripción cumple con los criterios establecidos con un enfoque especial en la seguridad de los pacientes.
• Evita un uso inadecuado.
Algunos medicamentos pueden ser prescritos en situaciones donde no serían eficaces o seguros. Con el visado, se revisa que se utilicen correctamente según la normativa médica.
• Alternativas terapéuticas.
Si existen otros tratamientos más accesibles y efectivos, el visado garantiza que solo se use el medicamento más complejo cuando sea imprescindible.
• Son de alto coste.
Algunos tratamientos tienen un precio elevado, por lo que el visado ayuda a asegurarse de que se prescriben solo a quienes realmente los necesitan.
• Medicamentos con aportación reducida según el paciente.
Algunos medicamentos tienen un copago reducido o especial según la situación del paciente. El visado asegura que el beneficio se aplique solo a quienes cumplen los requisitos.
Horario de visado de medicamentos/productos sanitarios
El visado de medicamentos se realiza de lunes a viernes (laborables) de 08:00 a 20:00h
¿Cuál es el plazo/tiempo de espera para el visado de medicamentos/productos sanitarios?
El plazo máximo es de 24-48 horas (laborables).
¿Qué tengo que hacer para que me dispensen la medicación en mi Farmacia?
Una vez prescrito por su especialista la solicitud para el visado de su medicamento/producto sanitario llegará directamente al operador de visados a través de una aplicación informática por lo que no necesita hacer ninguna solicitud o trámite.
En caso de que se trate de un resultado desfavorable para el visado de su medicamento o producto sanitario (denegaciones), será el propio operador del visado del Hospital el que contactará con el servicio responsable para notificárselo. Es posible que esto se deba a que no se disponga de toda la información necesaria para el visado, a alguna comprobación de seguridad, o que la prescripción no cumpla con los criterios establecidos por el Ministerio de Sanidad.
¿Dónde debo acudir si tengo un problema con mi medicamento/producto sanitario sujeto a visado?
Debe contactar/acudir a la secretaría del especialista que realizó la prescripción (p. e. Cardiología, Endocrinología, Neurología…).
No debe acudir a la Farmacia del Hospital Virgen de la Victoria, ya que estas incidencias se resuelven directamente con el servicio responsable y será su especialista el/la que se comunique directamente con usted al respecto, y no la farmacia del hospital.
• Hoja de información para pacientes con medicamentos sometidos a visado.
Información para pacientes y profesionales:
• Enlace a la web del Servicio Andaluz de Salud (SAS) donde se recogen y actualizan todos los medicamentos y productos sanitarios sujetos a visado, y se dispone además de los listados de éstos por orden alfabético, por principio activo o por categoría.
• Enlace a BIFIMED (Buscador de la Información sobre la situación de financiación de los medicamentos), para consultar el estado de la financiación de los medicamentos en España.
Normativa sobre visados
- Resolución, de 30 de noviembre de 2021, de la dirección gerencia del Servicio Andaluz de Salud, sobre gestión y control del visado de recetas.
- Real Decreto 618/2007, de 11 de mayo, por el que se regula el procedimiento para el establecimiento, mediante visado, de reservas singulares a las condiciones de prescripción y dispensación de los medicamentos.
- Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.