Pasar al contenido principal

¿Cuándo podré volver a conducir?

Normalmente a partir de las 4-6 semanas, pero también depende del tipo de intervención:
La consolidación esternal tendrá lugar, en la mayoría de pacientes, al cabo de 6-8 semanas de la intervención. Sin embargo, por motivo de cobertura legal del seguro de responsabilidad civil y de acuerdo con el Reglamento General de Conductores Orden PRA/375/2018, de 11 de abril no podrá llevar a cabo conducción de cualquier vehículo automóvil antes de:

  • Marcapasos: se puede conducir 2 semanas tras el implante.
  • Desfibriladores: se puede conducir 2 semanas tras el implante por prevención primaria (sin descargas ni recurrencias) y a los 3 meses por secundaria.
  • Cirugía valvular: se puede conducir a las 6 semanas tras el implante y 1 mes si el procedimiento fue intervencionista.
  • Cirugía de revascularización (“bypass coronario”): se puede conducir 6 semanas libres de síntomas.
  • Cirugía de aorta: se puede conducir 6 meses tras la cirugía. No podrá conducir si persiste patología residual significativa.
  • Cardiopatías congénitas: exigen el informe favorable de un cardiólogo.
Categorías/Secciones
Unidades de gestión sanitaria