Incorporación al puesto
Una vez aceptado el nombramiento el mando intermedio de la Unidad se pondrá en contacto con el profesional para informarle sobre el lugar, la fecha y el turno en que comenzará a prestar sus servicios.
- Al inicio del nombramiento, el profesional deberá presentarse en la Unidad de Atención al Profesional (UAP), ubicada en el Departamento de Recursos Humanos, en la planta baja del Hospital Virgen de la Victoria.
- Os rogamos que sigáis atentamente las instrucciones que se os facilitan y, especialmente, colaboréis con el personal que os atienda.
Documentación necesaria para la firma del nombramiento
- Original y fotocopia de la Titulación requerida para el puesto.
- Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
- Original y fotocopia de la tarjeta sanitaria: Tienes que ser el TITULAR de la tarjeta sanitaria.
- Certificado de colegiación (categorías que lo requieran).
- Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual, que no debe tener una antigüedad superior a 6 meses, y que puedes obtener a través de este enlace, con certificado digital.
- Los profesionales de nueva incorporación recibirán el formulario informativo sobre los cursos de formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), siguiendo el Procedimiento PRO-23 del Sistatema de Gestión de PRL del SAS.
Documentación complementaria (obligatorio para nuevas incorporaciones SAS o modificación de datos)
- Comunicación de datos fiscales. I.R.P.F. (modelo 145 del Ministerio de Hacienda).
- Comunicación de datos personales y bancarios, a través de App mGerhonte.
Firma del nombramiento en el plazo indicado por la Unidad de contratación
Exámenes de salud
- Durante el acto de firma del nombramiento, la Unidad de Atención al Profesional (UAP) entregará al trabajador el documento de Ofrecimiento de Vigilancia de la Salud, en el que se le informa de su derecho a acceder a este servicio.
- El trabajador deberá cumplimentar dicho documento, manifestando su aceptación o rechazo de la Vigilancia de la Salud, conforme al Procedimiento PRO-22 del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales del SAS.
- La UAP le informará además de que la Secretaría de Prevención de Riesgos Laborales le citará para realizar el Examen de Salud Inicial, que tendrá lugar en la consulta de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores. Es fundamental que acuda a esta cita. En caso de no poder asistir, deberá comunicarlo previamente a la Secretaría de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) para reprogramarla.
Tramitación para la tarjeta identificativa
- Una vez formalizado el nombramiento, el profesional de nueva incorporación deberá solicitar su tarjeta identificativa en la Unidad de Registro General, ubicada frente a la Unidad de Atención al Profesional (UAP). Esta tarjeta será imprescindible para acceder al centro.
- El uso de la identificación es obligatorio durante toda la jornada laboral y debe llevarse en un lugar visible. Su correcta utilización garantiza el derecho de los usuarios a conocer quién les atiende y contribuye a la seguridad del centro. Es responsabilidad del trabajador utilizarla adecuadamente, conservarla en buen estado, custodiarla y devolverla al finalizar su relación laboral con el hospital.
- La tarjeta no se activará para el acceso a unidades con zonas restringidas hasta que el responsable de la unidad lo autorice formalmente.
- Ventajas de la tarjeta identificativa:
- Acceso al hospital y a las áreas habilitadas.
- Identificación como trabajador del centro.
- Funcionalidad como tarjeta monedero en máquinas expendedoras (cafeteras, etc.).
- Apertura de puertas automatizadas.
- En el reverso de la tarjeta encontrarás teléfonos de relevancia (emergencias, plan de paradas y servicios de seguridad de los diferentes centros).
Claves informáticas y correo electrónico
- Las credenciales para el acceso a los sistemas de información se generan de manera automática tras la mecanización del nombramiento en el sistema GERHONTE por parte de Recursos Humanos. El profesional recibirá un mensaje SMS en su teléfono móvil indicando su usuario y contraseña de acceso temporal que deberá modificar en AGESCON, siguiendo el procedimiento que se indica.
- El profesional deberá tener en cuenta la especial protección de los datos de salud según la normativa vigente.
- ayudaDIGITAL es el servicio de Soporte Integral TIC del SAS y su objetivo principal es acercar la tecnología al profesional SAS, de forma que la informática no sea una barrera en su día a día.
- En el siguiente enlace encontrará información sobre Seguridad en el Uso de los Equipos Informáticos y el Acceso de la Información.
Uniformidad
- Los mandos intermedios facilitarán a los profesionales que requieran uniforme para el desempeño de sus funciones el acceso a las máquinas expendedoras informatizadas, a uniformes desechables disponibles en la unidad o, en su caso, los derivarán al Servicio de Lencería, ubicado en la planta S1, donde se les entregará la uniformidad correspondiente.
- En determinadas zonas del hospital, como Cuidados Críticos, Área Quirúrgica y Laboratorio, es obligatorio el uso de indumentaria específica, la cual no debe utilizarse fuera de dichas áreas.
- La uniformidad podrá ser repuesta para su lavado o por otra necesidad justificada, previa entrega del uniforme usado.
- Importante: está terminantemente prohibido salir de los centros con el uniforme reglamentario.
Acceso de los profesionales al centro en horario de trabajo
El acceso de los profesionales a los centros de trabajo debe realizarse exclusivamente por la entrada principal o por aquellas específicamente habilitadas para el personal. No está permitido utilizar otros accesos destinados a funciones específicas, como la entrada de los Servicios de Urgencias.
Secreto profesional
En el ejercicio de sus funciones, los trabajadores tienen acceso a información confidencial relativa a pacientes y familiares. Esta información incluye aspectos relacionados con la asistencia, el diagnóstico, el tratamiento, así como datos personales de otros profesionales y documentación propia de la institución. Es obligación de todo el personal guardar el debido secreto profesional sobre dicha información.
El incumplimiento de esta obligación será considerado falta muy grave, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Normativa relacionada: