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Financiación de Medicamentos

¿Qué es la financiación de medicamentos? 

Significa que el Estado paga la totalidad o parte del precio de los medicamentos que prescriben los profesionales sanitarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y se dispensan en las Oficinas de Farmacia.

El dinero que desde el Estado se dedica al pago de medicamentos, genera amplios beneficios para todos porque ayuda a que las personas que necesitan medicación, puedan conseguirlas a mejor precio, y por ello, mejorar su estado de salud y la utilización adecuada de los servicios sanitarios.

Requisitos para la financiación de un medicamento 

  1. El medicamento debe estar aprobado y autorizado para que las personas puedan tomarlo cuando les sea recetado.
  2. El medicamento debe estar incluido en el listado de medicamentos que entran dentro de los que con "receta", pueden conseguirse a un mejor precio.

     

¿El Estado financia todos los medicamentos? 

No.

El Estado no financia todos los medicamentos. Hay que distinguir entre indicación de un medicamento para una enfermedad y financiación. La indicación se refiere a que ese medicamento es adecuado y eficaz para una enfermedad y la financiación se refiere a que el Estado cubre la totalidad o parte del precio de ese medicamento para esa enfermedad. Puede haber medicamentos con indicación para una determinada enfermedad pero que no estén financiados por el SNS.

¿Cómo puedo saber si mi medicación está financiada?  

El Ministerio de Sanidad ha puesto en marcha un buscador online, llamado Nomenclátor, que permite consultar qué medicamentos están incluidos en la Seguridad Social. 
Disponible en: https://www.sanidad.gob.es/profesionales/nomenclator.do

Es más fácil preguntar a tu médico o consultar con tu farmacéutico.

¿Qué factores influyen en la financiación de medicamentos? 

Los criterios de financiación son públicos, transparentes y están recogidos en la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios. Están relacionados con las diferentes patologías, colectivos a los que se dirige, beneficio social y terapéutico, innovación y a la existencia de otras alternativas terapéuticas.

¿Quién decide el precio y la financiación de los medicamentos? 

El organismo encargado de fijar los precios es la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos. Y una vez establecido este precio, es el Estado a través del Ministerio de Sanidad el que, mediante una resolución, decide si el medicamento se financia o no.

¿Hay que pagar por los medicamentos, aunque estén financiados? 

Sí. 

Se llama copago farmacéutico o aportación de los beneficiarios. Consiste en que cuando el paciente va a la farmacia a retirar un medicamento con su tarjeta, debe pagar la aportación que le corresponde.

¿Cuánto se paga por los medicamentos financiados? 

  • No todas las personas pagamos lo mismo, depende de nuestra renta, edad y grado de enfermedad. Los pacientes con enfermedades graves y los pacientes crónicos tienen una aportación reducida del 10% en algunos medicamentos y productos sanitarios, que se actualiza periódicamente.
ACTIVOS PENSIONISTAS
Preceptores de rentas mínimas de inserción, parados sin prestaciones de desempleo, etc (1) 0% 0%
Rentas inferiores a 18.000 40% 10% Límite Máximo de 8,23 €/mes
Rentas iguales o superiores a 18.000 € e inferiores a 100.000 € 50% 10% Límite máximo de 18,52 €/mes
Rentas iguales o superiores a 100.000 € 60% 60% Límite máximo de 61,75 €/mes
Medicamentos ATC aportación reducida 10% (2) 10% (2)
Mutualistas y clases pasivas 30%

(1) RDL 1/2015. Están exentos de aportación los asegurados y sus beneficiarios que pertenezcan a las categorías:

(2) Aportación máxima resultante de la actualización del IPC a la aportación máxima vigente.

(3) El nivel de aportación de los mutualistas y clases pasivas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial será del 30%. Nota: Renta consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

  1. Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica. 
  2. Personas perceptoras de rentas de integración social. 
  3. Personas perceptoras de pensiones no contributivas. 
  4. Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación. 
  5. Personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional. 
  6. Personas beneficiarias del ingreso mínimo vital.
  7. Personas menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. 
  8. Personas perceptoras de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
  9. Los pensionistas de la Seguridad Social, cuya renta anual sea inferior a 5.635 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y los que, en el caso de no estar obligados a presentar dicha declaración, perciban una renta anual inferior a 11.200 euros.

¿Cuánto gasta el Estado en la financiación de los medicamentos? 

España destina a Sanidad cerca del 10% de su producto interior bruto. El gasto farmacéutico constituye una cuarta parte del gasto sanitario. El gasto público total en productos sanitarios y farmacéuticos, tanto del ámbito hospitalario como de oficinas de farmacia alcanzó durante el pasado año los 26.730 millones de euros.

Recuerda ser responsable con la medicación y retirar de la farmacia únicamente los medicamentos que vayas a utilizar.
 

Fecha de actualización
14/06/2023