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2.9.2. Atención a los trastornos de la conducta alimentaria

Proceso Trastornos de la Conducta Alimentaria (TCA)

Definición

Comprende el conjunto de actividades multidisciplinares encaminadas a la atención (detección, evaluación, abordaje terapéutico y seguimiento) de las personas que demandan asistencia por signos y/o síntomas de trastornos de la conducta alimentaria (TCA): anorexia nerviosa (AN) o bulimia nerviosa (BN), sin límite de edad; basadas en los principios de buena práctica y fundamentadas en la coordinación entre profesionales de Atención Primaria, Pediatría, Salud Mental, Endocrinología, Medicina Interna.

Criterios de inclusión

Población infantil, adolescente y adulta que presenta restricción alimentaria, episodios repetidos de ingesta excesiva de alimentos y conductas purgativas compensatorias, que no se deban a trastornos orgánicos o a efectos secundarios de fármacos o consumo de sustancias de abuso, y que ello suponga, a corto o medio plazo, una alteración del peso en los límites establecidos como saludables.

Las categorías diagnósticas (CIE-10) incluidas en este proceso son (Anexo 1 del PAI):

  • Anorexia Nerviosa (F50.0)
  • Bulimia Nerviosa (F50.2)
  • Trastorno de la conducta alimentaria no especificado (F50.9)

Salidas del Proceso

Mejoría clínica evidente que permita la incorporación a la vida cotidiana con ausencia de los signos y/o síntomas patológicos que conformaban en la persona el cuadro de anorexia nerviosa o bulimia nerviosa.

Límite marginal

Categorías diagnósticas distintas a la anorexia nerviosa y a la bulimia nerviosa.

Criterios de Oferta

Profesionales de Atención Primaria (Pediatría, Medicina y Enfermería Familiar y Comunitaria, Trabajo Social).

  • Valoración inicial de toda sospecha de trastorno de la conducta alimentaria:
    • Evaluación mediante entrevista personalizada con la persona con sospecha de TCA y/o familia, se asegurará que la consulta se desarrolle en un entorno de privacidad y confidencialidad siguiendo las técnicas de entrevista motivacional generando un clima de respeto y confianza, dada la falta de conciencia de enfermedad y tendencia a la negación del trastorno. Se explorará: cambios en relación al peso, actitud hacía el mismo, alimentación, sueño, ejercicio físico, actitud ante la imagen corporal, estado emocional, relaciones familiares, consumo/abuso de alcohol y otras sustancias, signos de acoso escolar o abuso (emocional, físico, sexual).
    • Exploración clínica que incluya peso, talla, TA, frecuencia cardiaca y temperatura.
    • Pruebas complementarias: hemograma y bioquímica completa, radiografía de tórax y ECG.
    • aloración del comportamiento alimentario (mediante los cuestionarios SCOFF, EAT-26 (a partir de los 13 años) o ChEAT-26 (de 8 a 13 años) y de la actividad física (test de IPAQ).
    • Ante sospecha de Anorexia Nerviosa (AN) explorar: rechazo a mantener el peso corporal igual o por encima del valor mínimo normal, miedo intenso a ganar peso, alteración de la percepción del peso o silueta corporal, presencia de amenorrea (en mujeres pospuberales), posibilidad de comorbilidad psicopatológica y/o consumo de alcohol o abuso de sustancias.
    • Ante sospecha de Bulimia Nerviosa (BN): presencia de atracones recurrentes, caracterizados por ingesta de alimentos en un corto espacio de tiempo, sensación de pérdida de control sobre la ingesta; conductas compensatorias inapropiadas, como vómitos, miedo intenso a engordar, posibilidad de comorbilidad psicopatológica y/o consumo de alcohol o abuso de sustancias.
  • Interconsulta a las unidades de trabajo social si se detectan factores sociales que condicionan la salud familiar y comunitaria.
  • Ofrecer apoyo y consejo nutricional con el objetivo de modificar y mejorar la alimentación.
  • En caso de abuso de laxantes, aconsejar sobre cómo reducir y suspender el consumo.
  • Recomendar revisiones dentarias en caso de vómitos regulares.
  • Se recomienda no indicar terapia hormonal sustitutiva en adolescentes que consulten por amenorrea, sin que previamente se haya realizado una entrevista exhaustiva y valoración antropométrica, descartando cualquier otra causa que lo justifique.
  • Derivación a la Unidad de Salud Mental Comunitaria (USMC) y a Endocrinología simultáneamente, independientemente de la edad, cuando hay diagnóstico establecido; pérdida de peso igual o superior al 10-25% secundaria a restricción alimentaria y/o conductas purgativas; presencia de alteraciones psicopatológicas asociadas; falta de conciencia de enfermedad; si a pesar de las pautas terapéuticas prescritas no mejora el peso ni las conductas restrictivas o bulímicas.
  • Derivación al Servicio de Urgencia Hospitalaria, si pérdida de peso superior al 50% en los últimos 6 meses, negativa absoluta a la ingesta de alimentos o líquidos y alteraciones biológicas secundarias (alteración de la conciencia, convulsiones, deshidratación, disminución de potasio, arritmia grave, alteraciones hepáticas o renales, hemorragia digestiva alta).
  • Valoración conjunta en el espacio de colaboración AP-SM en los casos que no se tiene un diagnostico confirmado de TCA. Se acordarán las intervenciones/actuaciones a realizar conjuntamente (interconsulta, coterapia, supervisión).

Profesionales de Unidad de Salud Mental Comunitaria (Psiquiatría, Psicología Clínica, Enfermería, Trabajo Social)/Endocrinología/Medicina interna. Valoración de resultados, confirmación diagnóstica y abordaje terapéutico (ver PAI).

El/la facultativo/a responsable del caso comunicará la valoración y el plan de actuación a la paciente o al paciente, a la familia y al médico/a de familia.

Profesionales de Salud Mental (Psiquiatría, Psicología Clínica, Enfermería, Terapia ocupacional, Trabajo Social) y Endocrinología/Medicina Interna/Pediatría

Tratamiento intensivo. Programa de día completa (Ver PAI)

Hospitalización completa (Ver PAI)

Profesionales de Atención Primaria (Pediatría, Medicina y Enfermería Familiar y Comunitaria, Trabajo Social, Terapia ocupacional)/Salud Mental (Psiquiatría, Psicología Clínica, Enfermería, Trabajo Social) y Endocrinología/Medicina Interna).

Fin de tratamiento y seguimiento compartido.

Se considerará finalizado el proceso cuando tras recibir el tratamiento indicado en cualquiera de los niveles de atención el o la paciente haya sido dado de alta por mejoría clínica. En este caso, se determinarán en el espacio de colaboración, con el acuerdo del o la paciente, el consenso de las actuaciones multiprofesionales para el seguimiento de la mejoría clínica, según los siguientes criterios:

  • Mantenimiento del peso y ausencia de alteraciones nutricionales.
  • Ausencia de peculiaridades alimentarias perjudiciales para la salud.
  • Integración a la vida social/académica/laboral.
  • Relaciones familiares que permitan y favorezcan su independencia.
  • Sentimiento asociados a la percepción corporal no excesivamente displacenteros, molestos o desagradables.

En caso de TCA de larga evolución (cuando aún habiendo completado las actuaciones terapéuticas diseñadas en cada nivel asistencial persiste sintomatología de la conducta alimentaria activa) o con historia de fracasos terapéuticos que precisen mantener un seguimiento especializado en salud mental se mantendrá una atención continuada.

En el espacio de colaboración AP/USMC, se realizará la supervisión de los seguimientos en diferentes especialidades, sanitarias y no sanitarias; el papel del médico de familia es elemental en caso de abandonos de tratamiento en cualquiera de los niveles de atención, en un trabajo de revinculación.

Población diana

Pacientes que cumplen los criterios de inclusión en el Proceso.

Sistema de información y registro

Historia de salud digital.

Fecha de actualización
14/08/2018