En esta página se puede consultar información y recomendaciones generales sobre aspectos relacionados con las visitas a una persona ingresada (horarios, entradas, comportamientos en los diferentes servicios y unidades…).
Los centros pueden adaptar sus procedimientos al contexto de cada servicio, área o unidad de conformidad con lo establecido en el marco de actuación sobre recomendaciones generales de visitas a los pacientes en los centros sanitarios públicos de Andalucía.
Las recomendaciones de visitas se dirigen a todas las personas y a su entorno familiar y de allegados, que se encuentran ingresadas en un centro de atención hospitalario:
- Las visitas se autorizan en el horario establecido por la unidad (según el mejor criterio del centro). Preferiblemente en horario de tarde, fuera de los tramos de mayor intensidad asistencial. Concluida la visita, sólo puede permanecer en la habitación el acompañante o persona cuidadora.
- Se recomienda un máximo de dos visitas por paciente durante el horario establecido más el acompañante habitual (tres personas en total), excepto en el caso de que la habitación esté ocupada por más de un ingreso (habitación doble), donde se debe permitir un máximo de dos personas durante el horario de visitas, incluido el acompañante/cuidador.
- Se debe limitar el acceso a los niños menores de 12 años, excepto en los casos establecidos en el artículo 8.3 del Decreto 246/2005 (102.07 KB), bajo la supervisión y vigilancia de un adulto y con el permiso del equipo sanitario.
- Las visitas deben garantizar el descanso, tranquilidad, comodidad, seguridad e intimidad de los enfermos (tono de voz baja, no permanecer en pasillos, evitar entradas y salidas frecuentes en la habitación, control sobre uso de teléfonos móviles, televisión, etc.).
- Las tarjetas de visita son únicas para cada paciente y deben incluir los datos necesarios (habitación, cama, etc.) y ser visible por el visitante.
- Las visitas pueden interrumpirse o suspenderse si la situación clínica del paciente lo aconseja o es necesario realizar procedimientos diagnósticos o terapéuticos.
En caso de alerta sanitaria, se aplicarán medidas específicas de visitas en atención hospitalaria.
Hospitalización general
La recomendación para recibir visitas es para aquellas las personas cuya hospitalización sea superior a 48 horas de estancia.
Pacientes adultos y pediátricos
- Visita terapéutica. Preferiblemente en horario de tarde, consensuada entre el paciente y su entorno, priorizando con especial consideración a los pacientes en situaciones especiales.
- Tras la realización de una valoración individual a cada paciente, tanto los pacientes adultos como pediátricos, podrán recibir visitas de menores de edad.
Servicios especiales (UCI-Observación-Urgencias-Unidad ICTUS-Quemados)
En los servicios de urgencias, observación, tratamiento de hospital de día y estancias muy cortas las recomendaciones de las visitas dependen de la permanencia del paciente:
- Si es menor de 6 horas:
Las visitas no están autorizadas sólo el acompañamiento. - Si es mayor a 6 horas:
Se entrega una única tarjeta de visita, con un máximo de dos personas por paciente, incluido el acompañante.
Pacientes adultos y pediátricos
- Se permiten las visitas bajo criterio del facultativo, consensuado con enfermería y garantizando la protección del visitante.
- Visitas de hasta 2 personas de duración entre 2-3 horas al día, con posibilidad de intercambio, sin limitación en cambios de personas.
- Se puede aumentar el número de turnos de visitas de 2 a 4 turnos para facilitar la conciliación laboral y atender a situaciones personales de las familias/allegados de los pacientes.
Unidades asistenciales con atención especializada
Pacientes adultos y pediátricos
Visita terapéutica: Con una duración de entre 2 y 3 horas al día con posibilidad de intercambio.
Unidad de cuidados paliativos o atención en el proceso final de la vida
Pacientes adultos y pediátricos
Visita terapéutica: Con una duración de entre 2 y 3 horas al día con posibilidad de intercambio.