Consumo recuerda que el precio rebajado debe aparecer junto al precio habitual y original y sin superponerlo, y las rebajas deben realizarse sobre el menor precio aplicado por el establecimiento en los últimos 30 días

El 1 de julio ha marcado tradicionalmente el inicio de las rebajas de verano, si bien muchos comercios se adelantan a esta fecha para ofrecer sus promociones y ofertas. Desde la Dirección General de Consumo, se pone de relieve una serie de recomendaciones para las personas consumidoras que tengan previsto adquirir productos en rebajas tanto en el comercio online como en los establecimientos físicos.
Ante todo, debe tenerse en cuenta que los derechos de las personas consumidoras siguen siendo exactamente los mismos que fuera del periodo de rebajas.
El establecimiento está obligado a tener como mínimo la mitad de sus productos rebajados. El principal reclamo de las personas consumidoras es el precio rebajado, y por ello los comercios tienen que exhibirlo con la mayor claridad posible. Este precio debe aparecer junto al precio habitual u original y sin superponerlo. Estos productos rebajados deberán estar bien identificados y diferenciados del resto. Por otro lado, según lo establecido en la normativa comunitaria, en general, los anuncios de reducción de precios deben indicar el precio anterior aplicado o precio más reducido aplicado durante un periodo de tiempo, que no podrá ser inferior a los 30 días anteriores a la aplicación de la reducción.
Consumo recuerda que todo lo que se anuncie mediante la publicidad es vinculante (catálogos, folletos, anuncios digitales, etc.), de forma que las empresas están obligadas a respetar esos precios publicitados. Asimismo, deben tener existencias suficientes de los productos a los que se aplique rebaja.
Es importante, de forma previa, planificar con antelación las compras para adquirir solamente lo que se necesite, y fijar un presupuesto. De esta forma, evitaremos caer en compras impulsivas. Se recomienda también comparar los precios y las calidades de un mismo producto en diferentes establecimientos.
Debemos sospechar cuando observemos precios excesivamente rebajados, ya que podrían esconder algún defecto o tara del producto. En cualquier caso, hay que comprobar que el producto que vaya a adquirirse no presente ningún deterioro.
Los establecimientos físicos no tienen la obligación de aceptar cambios y devoluciones de productos y artículos, salvo que estos presenten alguna tara o defecto de fábrica. Cada establecimiento dispone de sus condiciones de devolución –por ejemplo, el cambio por otro producto o proporcionar un vale sin caducidad–, y por ello es esencial informarse de las mismas.
En el caso del comercio online, las personas consumidoras pueden ejercer, por lo general, el derecho de desistimiento, que permite devolver el producto adquirido sin justificación en un plazo de 14 días naturales.
Consumo Responde
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es, ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es, y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.